DE INTERÉS

Pasos a seguir para el alquiler de una propiedad:

El inquilino elige una propiedad, acuerda el precio del alquiler y la garantía a utilizar.

Firma una reserva. Esta reserva es proporcionada por Crisci Blanco Propiedades. A su vez deberá realizar un depósito por la reserva, por un monto equivalente a un mes de alquiler. Éste quedará en custodia de la inmobiliaria hasta la firma del contrato.


Dependiendo de la garantía a presentar, el inquilino deberá reunir la siguiente documentación:

Persona Física (trabajador dependiente):

1) Últimos 3 recibos de sueldo.

2) Foto de la cédula de identidad vigente.

3) No estar en el Clearing.


Persona Física (trabajador/profesional independiente):

1) Certificado de ingresos por contador público.

2) Declaración jurada presentada ante DGI en el último año, si corresponde.

3) Certificado de BPS y DGI vigente.

4) Foto de la cédula de identidad vigente.

5) No estar en el Clearing.


Persona Jurídica:

1) Qué tipo de empresa es y el Rut.

2) Quién firma por la empresa.

3) Certificado Notarial o Contable de la empresa: giro de la empresa, deberá contener contralor de personería jurídica (estatutos, fecha de constitución, inscripción en el registro, publicaciones, representación y representantes).

4) Certificado de BPS y DGI vigente.

5) 3 referencias comerciales.

6) Libre de embargos del representante.


GARANTÍAS

Aval bancario: Un aval bancario es una garantía por la que un banco se compromete a responder en el cumplimiento de una obligación ante un tercero.

Aseguradoras: Es una garantía de alquiler realizada por una compañía de seguros, algunas compañías de referencia con las que trabajamos (Porto, Sancor, Sura, Mapfre, Berkley, etc.).

Zurich-Santander: Es una garantía de alquiler ofrecida por Zurich Santander Seguros Uruguay para clientes del banco (con más beneficios y agilidad a la hora de la contratación) o terceros. Opera de la misma manera que cualquier otra aseguradora, con otros beneficios que otorga el banco.
https://www.zurichsantander.com.uy/seguros/garantia-alquiler

ANDA: Es una empresa que brinda garantías de alquiler. El inquilino debe afiliarse como socio de la institución (teniendo acceso a múltiples beneficios Anda le cobrará un 3% + IVA mensual tanto al inquilino como al propietario por el servicio que brinda).
https://anda.com.uy/garantia-de-alquiler/

BHU: El inquilino realiza un depósito en el Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente a 5 meses de alquiler para el caso de vivienda particular, o 10 meses de alquiler en caso de comercio. A su vez, el banco le cobra al inquilino una comisión del 5% (por gastos administrativos) del total del depósito en garantía. La misma se retirará a 2 firmas (propietario, administrador e inquilino) una vez finalizado el contrato de arrendamiento.

Certificado de Propiedad: Se presenta un certificado notarial de propiedad del registro de libre de deuda y embargo, cédula de identidad vigente de él/los propietarios. Este documento es emitido por un escribano público. En caso que la propiedad se vendiera durante el transcurso del arriendo, se deberá presentar otra garantía que sea aceptada por el propietario/administrador.


CONTRATO

Una vez que se presentan y son aceptadas las garantías y toda la documentación detallada anteriormente, se realiza un inventario a la propiedad y se firman conjuntamente el contrato e inventario, estableciendo los plazos y condiciones pre acordados.

Comisión inmobiliaria: El costo es de un mes de alquiler + IVA que se deberá abonar el día de la firma del contrato.


Gastos a tener en cuenta si usted es propietario o inquilino de una propiedad:

Contribución Inmobiliaria (anual): Lo abona el propietario/administrador, aunque esté alquilado. Se puede pagar en 3 cuotas.

Impuesto de Primaria (anual): Lo abona el propietario/administrador, aunque esté alquilado. Se puede pagar en 3 cuotas.

Tributos Domiciliarios (bimensual): Si el bien se encuentra arrendado, lo abonan los inquilinos, de lo contrario los propietarios/administradores.

Gastos comunes (mensual): Si el bien se encuentra arrendado, lo abonan los inquilinos, de lo contrario los propietarios/administradores.

Consumos extras (UTE, Montevideo Gas, ANTEL, TV Cable): Lo paga quién este viviendo en la propiedad, salvo que esté incluido dentro del precio del alquiler por contrato. Dichos servicios deberán estar a nombre de quién viva en la propiedad.


Gastos asociados a la venta de una propiedad:

Pago del ITP (Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales). El ITP es un impuesto a la transferencia de bienes inmuebles (compra-venta). El valor es del 2% sobre el valor catastral. Dicho valor se detalla en los documentos que expide la Dirección Nacional de Catastro. http://www.catastro.gub.uy.

Pago del impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF): es de un 12% sobre la renta en la venta de un inmueble. La renta se determina restando al precio de venta el costo fiscal actualizado del bien, las mejora adecuadamente documentadas y el ITP de cargo del vendedor. Es decir, solo debe abonarse si la venta se efectúa a mayor precio que la compra del mismo bien en su momento.

Opción: cuando el inmueble haya sido adquirido antes del 01/07/2007, el contribuyente podrá optar entre determinar la renta por el régimen mencionado, o calcular la misma mediante la aplicación de un valor ficto de 15% del precio de venta. O sea que el impuesto a abonar seria del 1,8% del precio de venta. (15% x 12% = 1,8%).

Comisión inmobiliaria: El costo es del 3% + IVA (22%) sobre el precio de venta.